we2driveEntrar
Novedades DGT: ciclistas, peatones, motoristas, patinetes y coches afectados por las nuevas normas

Novedades DGT: qué ha cambiado en las normas de tráfico el 1 de octubre de 2026

En vigor desde el 1 de octubre de 2026

26 cambios en el Reglamento de Circulación

Están todos aquí, explicados y con el artículo del BOE al lado.

DriveDrive

El Reglamento de Circulación cambió el 1 de octubre. Te lo cuento por partes: busca la tuya y ábrela. Y si quieres el texto tal cual lo publica el BOE, también está aquí dentro.

Si vas en biciDos cosas cambian de verdad: dónde circulas y cuánto espacio te deben.+
  • Circulas preferentemente por el centro del carril, no pegado al bordillo. Si la vía tiene dos o más carriles por sentido, vas por el derecho.

    Art. 153.3

    Una avenida vista desde arriba, con dos carriles por sentido. Una ciclista circula por el centro del carril derecho.
    Ver el texto oficial
    Los ciclistas circularán preferentemente por el centro del carril en la medida en que su seguridad y la de los otros usuarios lo permita. En vías que dispongan de al menos dos carriles de circulación por sentido, los ciclistas circularán por el carril derecho. Podrán circular por los otros carriles cuando vayan a cambiar de dirección, o cuando lo precisen por razones de seguridad.
  • El coche que va detrás de ti en el mismo carril debe dejar cinco metros de separación.

    Art. 153.4

    Un coche circula detrás de una ciclista por el mismo carril. La flecha entre los dos marca 5 metros.
    Ver el texto oficial
    Los conductores de vehículos a motor deberán dejar una separación mínima de cinco metros con los ciclistas que les precedan en el mismo carril y, en caso de adelantamiento, deberán poner especial cuidado en no poner en peligro al ciclista.
  • Puedes adelantar por la derecha o por la izquierda, y rebasar a los coches parados en semáforos y retenciones.

    Art. 153.5

    Un cruce con el semáforo en rojo y dos filas de coches parados. Un ciclista los ha rebasado y espera junto al semáforo.
    Ver el texto oficial
    Los ciclistas podrán adelantar a otros vehículos por la derecha o por la izquierda, según sea más conveniente para su seguridad. En intersecciones reguladas por semáforo y en retenciones de tráfico podrán rebasar a los vehículos que se encuentren detenidos o sometidos a paradas frecuentes, a efectos de la correcta utilización de las marcas de zona de espera adelantada.
  • Casco obligatorio en vías interurbanas. En ciudad, solo los menores de 16 años y quien circula en bici por su trabajo.

    Art. 118.2

    Dos escenas, las dos marcadas como correctas: un ciclista sin casco en una calle de ciudad y un ciclista con casco en una carretera.
    Ver el texto oficial
    El conductor y, en su caso, los ocupantes de bicicletas y ciclos en general estarán obligados a utilizar adecuadamente abrochado casco de protección homologado o certificado según la legislación vigente en las vías interurbanas, siendo obligatorio su uso por los menores de dieciséis años en todo tipo de vías. Los conductores que desarrollen su actividad profesional circulando en bicicletas y demás ciclos, están obligados a utilizar adecuadamente abrochado casco de protección homologado o certificado en vías urbanas y travesías.
  • En calles de un carril limitadas a 30 km/h, el ayuntamiento puede permitir la circulación en los dos sentidos.

    Art. 153.6

    Una calle estrecha de un solo carril con una señal de 30. Dos personas van en bici, cada una en un sentido.
    Ver el texto oficial
    En las vías urbanas con un solo carril donde la velocidad esté limitada a 30 km/h o inferior, y previa señalización, la Autoridad municipal podrá permitir la circulación de las bicicletas en los dos sentidos de circulación. Cuando los vehículos se encuentren en esta situación se deberán orillar a su derecha para permitir el paso en condiciones de seguridad y, si esto no fuera posible, tendrán prioridad los vehículos que circulen en sentido propio establecido para la vía.
  • En acera no. En el resto de zonas peatonales sí, siempre con prioridad del peatón.

    Art. 153.2

Leer el Real Decreto completo en el BOE
Si vas en patineteCasco, edad mínima y algo reflectante cuando se hace de noche.+
  • Casco obligatorio, homologado o certificado.

    Art. 118.3

    Un hombre con casco circula en patinete eléctrico por una calle de ciudad.
    Ver el texto oficial
    Los conductores de vehículos de movilidad personal están obligados a utilizar adecuadamente abrochado casco de protección homologado o certificado.
  • Desde el ocaso hasta la salida del sol, elemento luminoso o reflectante visible a 150 metros.

    Art. 118.3

  • Edad mínima: 15 años.

    Art. 155.3

    Un chico joven con casco, sentado en su patinete eléctrico. En el patinete hay dibujada una tarta de cumpleaños.
    Ver el texto oficial
    No podrán conducir vehículos de movilidad personal los menores de quince años.
  • Alumbrado encendido.

    Art. 155

    Un patinete eléctrico en un paseo junto al mar, con la luz delantera y la trasera encendidas.
  • Prohibido en autopista, autovía y travesía. Permitido en vías ciclistas.

    Art. 38.4

    Tres escenas de una persona en patinete: el carril bici protegido está marcado como correcto, y la travesía y el arcén de la autovía como incorrectos.
Leer el Real Decreto completo en el BOE
Si vas en motoEl calzado cerrado es la que más gente va a incumplir sin saberlo.+
  • Calzado cerrado que cubra todo el pie, en todo tipo de vías. También para ir a comprar el pan.

    Art. 118.1c

    Un motorista con casco circula por una calle de ciudad en chanclas. El pie, ampliado en un círculo, está marcado con una cruz roja.
    Ver el texto oficial
    Calzado cerrado, que cubra todo el pie, cuando circulen en todo tipo de vías.
  • Guantes de protección en vías interurbanas.

    Art. 118.1b

    El mismo motorista sin guantes en ciudad y con guantes en carretera. Las dos escenas están marcadas como correctas.
    Ver el texto oficial
    Guantes de protección cuando circulen por vías interurbanas. La persona titular del Ministerio del Interior podrá, por orden, establecer las especificaciones técnicas que habrán de cumplir dichos guantes de protección.
  • Casco homologado conforme al Reglamento UNECE R22, en todo tipo de vías.

    Art. 118.1a

    Una motorista de perfil con el casco puesto. En el casco hay una etiqueta que dice R22.
    Ver el texto oficial
    Cascos de protección homologados conforme al Reglamento UNECE R22, adecuadamente abrochados, cuando circulen en todo tipo de vías.
  • Auriculares prohibidos. Se salvan los sistemas inalámbricos homologados integrados en el casco.

    Art. 18

    Un casco de moto con un intercomunicador con micrófono acoplado en el lateral.
  • El arcén en un atasco solo se puede usar en tramos señalizados para ello, a 30 km/h máximo, en fila de uno y con el tráfico detenido. No existe el circular entre coches.

    Art. 36.3

    Un atasco en una vía de varios carriles. Una moto circula por el arcén derecho, junto a una señal azul con el dibujo de una moto.
    Ver el texto oficial
    Se podrá habilitar el uso extraordinario del arcén de la derecha por motocicletas en aquellos tramos previamente acordados entre el titular de la vía y el organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico o, en su caso, la autoridad autonómica o local responsable de la regulación del tráfico. Estos tramos estarán convenientemente señalizados mediante señalización fija vertical y marcas viales. La velocidad estará limitada a 30 km/h y únicamente se podrá circular en columna de a uno extremando la precaución. Únicamente estará habilitado este tipo de uso cuando la circulación de los carriles de la vía esté detenida por congestión del tráfico.
Leer el Real Decreto completo en el BOE
Si vas en cocheAdelantar y rebasar cambian. Y hay un carril nuevo en autovía.+
  • Al adelantar a un ciclista, peatón, patinete o animal: 1,5 metros. Si la calzada tiene más de un carril por sentido, cambio completo de carril.

    Art. 85.4

    Un ciclista circula por el carril derecho. El coche que lo adelanta va entero por el otro carril y está marcado como correcto.
    Ver el texto oficial
    El conductor de un vehículo que pretenda realizar un adelantamiento en los casos previstos en el párrafo anterior, debe efectuarlo ocupando parte o la totalidad del carril contiguo o contrario, en su caso, de la calzada y guardando una anchura de seguridad de, al menos, 1,5 metros, salvo cuando la calzada cuente con más de un carril por sentido, en cuyo caso será obligatorio el cambio completo de carril.
  • Fuera de poblado, además, hay que reducir al menos 20 km/h respecto al límite del tramo. En ciudad esa reducción no se exige.

    Art. 85.4

    Una carretera entre campos con una señal de 90. Un coche adelanta a una ciclista y su velocímetro marca 70.
    Ver el texto oficial
    Además, si el adelantamiento se efectúa fuera de poblado, antes de iniciar la maniobra, y durante toda su ejecución, el conductor que adelanta deberá reducir la velocidad respecto al límite existente en la vía en al menos 20 km/h, a fin de garantizar que los usuarios adelantados no vean comprometida su estabilidad y seguridad.
  • Prohibido adelantar en pasos de peatones, en intersecciones con vías ciclistas y en pasos a nivel, y en sus proximidades.

    Art. 87.1b

    Dos escenas con el adelantamiento tachado con una cruz: ante un paso de peatones y ante un cruce con un carril bici.
    Ver el texto oficial
    En los pasos para peatones señalizados como tales, en las intersecciones con vías para ciclistas y en los pasos a nivel, y en sus proximidades.
  • Al rebasar un vehículo averiado: 1,5 metros y reducir 20 km/h. Estas infracciones son graves.

    Art. 88

    Un coche rebasa a otro averiado con las luces de emergencia y el triángulo. Entre los dos se lee 1,5, y el velocímetro marca 70 en una vía de 90.
    Ver el texto oficial
    Los vehículos que lo rebasen deben mantener una anchura de seguridad de al menos 1,5 metros aunque para ello hayan de ocupar la parte de la calzada reservada al sentido contrario, y reducir la velocidad en al menos 20 km/h respecto al límite existente en la vía.
  • Carril de emergencia en autopista y autovía durante las retenciones.

    Art. 32

  • Los grupos de ciclistas se consideran una única unidad móvil.

    Art. 85.4

    Ver el texto oficial
    Cuando los conductores de bicicletas circulen en grupo, se considerarán como una única unidad móvil.
Leer el Real Decreto completo en el BOE
Si vas andandoMás prioridad para ti, y una prohibición que pilla a mucha gente.+
  • Prioridad en los pasos, cuando un vehículo gira, en el arcén y en las paradas de transporte público.

    Art. 65

    Un coche va a girar para entrar en una calle que dos peatones están cruzando sin paso pintado. Los peatones llevan un check verde.
  • El conductor responde de tu seguridad cuando eres un usuario vulnerable.

    Art. 121

  • Prohibido atravesar una glorieta por la calzada. Hay que rodearla.

    Art. 124.4

    Dos glorietas vistas desde arriba. Cruzar por el centro está tachado con una cruz roja. Rodearla por los pasos de peatones lleva un check verde.
  • De noche por vía interurbana: elemento reflectante visible a 150 metros.

    Art. 123

  • Sin acera transitable, se camina por el arcén izquierdo. En grupo, por la derecha.

    Art. 122

Leer el Real Decreto completo en el BOE
En ciudadOcho artículos nuevos solo para la circulación urbana. Esto no lo está contando nadie.+
  • Caminos escolares seguros: los ayuntamientos pueden reducir velocidad y restringir el tráfico en los entornos de colegios, hospitales y centros de mayores.

    Art. 158

  • Zonas de bajas emisiones y restricciones ambientales.

    Art. 157

  • Zonas de prioridad residencial con medidas de calmado de tráfico.

    Art. 152

  • Estacionamiento: el ayuntamiento puede tarificar según el tamaño del vehículo y su etiqueta ambiental. Las motos pueden estacionar en acera si la ordenanza lo permite.

    Art. 156

  • Autocaravanas: se estaciona solo sobre los neumáticos, sin desplegar ningún elemento.

    Art. 92.4

    Dos autocaravanas estacionadas. La que no saca nada está marcada como correcta. La que tiene el toldo y las patas fuera, como incorrecta.
Leer el Real Decreto completo en el BOE
⏳ Esto todavía no es obligatorio
  • Casco certificado en ciclomotor: 1 de octubre de 2027
  • Alumbrado encendido también de día en patinetes: 1 de octubre de 2027
  • Guantes y sillas de bici: valen los actuales hasta orden ministerial
30preguntas para ver si te has enterado bienCasi todo el mundo falla alguna.🧠 Hacer el test →
We2We2

La DGT cambia cosas cada año y casi nadie se entera a tiempo. Dime qué eres y te preparo lo tuyo. No hace falta tener carnet.

No me estoy sacando el carnetVoy en coche, moto, bici o patinete y quiero enterarme de los cambiosMe estoy sacando el carnetBloque 1 completo gratis. Aquí no se memoriza, se entiende

Fuente: Real Decreto 518/2026, de 24 de junio.
BOE-A-2026-13889. En vigor desde el 1 de octubre de 2026.